El Salón de Sesiones “Fabricio Ojeda” del Consejo Legislativo del estado Trujillo (Clet) sirvió de escenario para la realización de la Sesión Ordinaria Nro. 29, jornada en la cual las y los legisladores aprobaron en segunda discusión el “Proyecto de Ley del Gobierno y la Administración Pública del estado Trujillo”, normativa impulsada por el gobernador My. Gerardo Márquez a propósito de la reingeniería de la estructura de gobierno que efectúa actualmente el ejecutivo regional.
En tal sentido, el legislador Carlos Iglesias, presidente del Clet, resaltó la importancia y pertinencia de este instrumento legal que viene a consolidar el desarrollo y el progreso en la entidad trujillana. “Luego de una amplia y profunda discusión con los equipos técnicos – jurídicos de los organismos y entes involucrados, aprobamos con el mayor compromiso este proyecto de ley que busca establecer los principios, bases y lineamientos generales que determinan la organización y funcionamiento del Poder Ejecutivo y de la administración pública regional; de igual manera, implementar los compromisos de gestión, promover la participación protagónica de las instancias del poder popular y garantizar el seguimiento, evaluación y control de las políticas públicas que se ejecutan a escala regional”, dijo.
Es importante mencionar que este nuevo texto legal deroga la Ley de Régimen Político Estadal y particularmente reconoce al gobernador del estado, en su carácter de jefe político estadal, como titular del ejercicio de la potestad organizativa específica sobre el Poder Ejecutivo y la administración pública estadal. “Vamos rumbo a la mayor eficiencia y a la administración efectiva de los procesos, ese el objetivo central de esta ley, seguir trabajando por los intereses de nuestro pueblo, tal como lo ha orientado el Presidente Nicolás Maduro”, detalló Iglesias.
Cabe destacar que el articulado de dicha ley está compuesto de la siguiente manera: Ciento veintiséis (126) artículos distribuidos en diez (10) capítulos, nueve (9) secciones, además de cuatro (4) disposiciones transitorias, tres (3) disposiciones derogatorias y una (1) disposición final.