La Cámara de Diputados de Chile aprobó el proyecto que suprime los límites temporales para contraer segundas nupcias que afectan, hasta hoy, a las mujeres en esa nación.
De esta forma, se aspira a terminar con una norma que imposibilitó, por más de 160 años, que una mujer que ya había anulado su matrimonio previo pudiera contraer nuevas nupcias sino pasados 270 días.
Según la titular del Ministerio de la Mujer y la Equidad de Género, Mónica Zalaquett, la norma era “muestra de inequidad entre hombres y mujeres, que no permitía a las mujeres decidir el momento y circunstancias para contraer matrimonio”.
La ministra resaltó que, la supresión de la norma, permitirá que hombres y mujeres tengamos libertad de rehacer nuestras vidas sin discriminación pues “debemos terminar con toda norma anacrónica que afecte a las mujeres”.
En lo principal, el texto establecía que, si la mujer contrae sucesivamente dos matrimonios y da a luz un niño después de celebrado el segundo, se presumirá hijo del actual marido. Ello ocurriría con independencia del plazo transcurrido desde la disolución del primer matrimonio, sin perjuicio del derecho del actual cónyuge para desconocer esta paternidad, si se dan los supuestos previstos.
Agrega que, no obstante, desconocida la paternidad, se presumirá padre al marido del matrimonio antecedente siempre que el niño haya nacido dentro de los trescientos días desde su disolución.
Telesur
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